Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO V

Art. 49

En vigor desde 6 ago 2025
1. El Gobierno del Dato es el conjunto de normas, recursos y estrategias que tienen como finalidad marcar las pautas para la gestión, calidad y evaluación de los datos gestionados por la Administración regional en el ejercicio de sus competencias, con el objetivo de mejorar la gestión de los servicios públicos y su personalización, la toma de decisiones informadas y la evaluación de las políticas públicas. 2. La Administración regional fomentará la implementación de la cultura del dato en todos sus organismos y entidades, garantizando la interoperabilidad, calidad, homogeneidad, seguridad y privacidad de los datos durante todo el ciclo de vida de los mismos, mediante la aplicación de técnicas y estándares reconocidos. 3. La Oficina del Dato es el órgano administrativo encargado de planificar, supervisar y coordinar el Gobierno del Dato.
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eli/es-cm/l/2025/07/11/4#art-49

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