Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VI

Art. 55

En vigor desde 6 ago 2025
El Espacio Ciudadano ofrecerá la siguiente relación de servicios, en el ámbito de las competencias de la Administración regional: a) Recepción de avisos y comunicaciones en el espacio individual de la persona interesada, así como en los dispositivos móviles y/o en el correo electrónico. b) Notificaciones individuales, al objeto de informar de citas y trámites pendientes con la Administración regional. c) Presentación de los datos aportados por la persona interesada al Espacio Ciudadano, pudiendo proceder a su rectificación y supresión, en su caso. d) Propuesta de servicios, prestaciones y reconocimiento de derechos a los que, de acuerdo con los datos obrantes en el Espacio Ciudadano, se tenga derecho. e) Asistente conversacional, que facilite la búsqueda rápida de la información, avisos, justificantes u otros datos solicitados. f) Cuantos otros puedan realizarse, conforme el estado de la tecnología.
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eli/es-cm/l/2025/07/11/4#art-55

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