Título TÍTULO XIII

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 8 may 2018
Los poderes públicos destinarán medios para las conmemoraciones de las fechas de celebración y los actos y eventos que fomentan la visibilización de las personas objeto de protección de esta Ley.
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eli/es-ar/l/2018/04/19/4#disposicion-adicional-segunda

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