Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 31 dic 2017
A las contrataciones de personas trabajadoras no socias en las microempresas cooperativas de trabajo asociado ya constituidas a la entrada en vigor de la ley, les será aplicable lo dispuesto en el artículo 8.
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eli/es-cm/l/2017/11/30/4#disposicion-transitoria-primera

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