Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 12

En vigor desde 1 ene 2020
La Presidencia y la Dirección de la AVSRE podrán delegar el ejercicio de alguna de sus atribuciones en otros órganos de conformidad con lo que se establece en la legislación vigente. Se modifica por el art. 101 de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1010

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eli/es-vc/l/2017/02/03/4#art-12

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