Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección V. Infraestructuras, industria y energía

Art. 44

En vigor desde 19 abr 2015
Las nuevas líneas de transporte y distribución de energía se diseñarán de manera que se minimicen los riesgos de electrocución y colisión para la avifauna. Estos objetivos se deberán tener en cuenta tanto en la determinación de los trazados como en el diseño constructivo.
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eli/es-cl/l/2015/03/24/4#art-44

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