Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección III. Actividades extractivas

Art. 35

En vigor desde 19 abr 2015
Las consejerías competentes en materia de minas y de conservación del patrimonio natural establecerán conjuntamente los criterios y contenidos mínimos de los planes de restauración, el procedimiento de aprobación de dichos planes y los referentes para la fijación de garantías suficientes para su correcta ejecución.
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eli/es-cl/l/2015/03/24/4#art-35

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