Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 9 sept 2011
El derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración educativa por medios electrónicos y demás derechos derivados del mismo podrán, en función de las disponibilidades presupuestarias, ser ejercidos en relación con la totalidad de los procedimientos y actuaciones de su competencia.
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Proeli/es-ex/l/2011/03/07/4#disposicion-adicional-tercera