Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 9 sept 2011
Los actos administrativos que afecten a la relación de servicio del personal docente y que se determinen reglamentariamente deberán ser inscritos en una sección específica del Registro General de Personal de la Junta de Extremadura. Este registro deberá posibilitar su gestión telemática, así como el pleno acceso al expediente personal por los interesados.
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eli/es-ex/l/2011/03/07/4#disposicion-adicional-primera

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