Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 9 sept 2011
El derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración educativa por medios electrónicos y demás derechos derivados del mismo podrán, en función de las disponibilidades presupuestarias, ser ejercidos en relación con la totalidad de los procedimientos y actuaciones de su competencia.
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