Libro LIBRO TERCERO›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final primera
En vigor desde 8 ago 2008
Quedan sin efecto las disposiciones estatutarias y las demás reglas de régimen interno de las personas jurídicas sujetas a las disposiciones del libro tercero del Código civil que se opongan a lo establecido por estas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2008/04/24/4#disposicion-final-primera