Libro LIBRO TERCEROTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 8 ago 2008
Las disposiciones del libro tercero del Código civil se aplican subsidiariamente a las cooperativas, mutualidades de previsión social y cajas de ahorros.
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eli/es-ct/l/2008/04/24/4#disposicion-final-segunda

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