Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 24
En vigor desde 24 jun 2009
El Instituto de Estadística de Extremadura tiene como fines los consignados en su Ley de creación, y ejercerá las funciones en ella señaladas.
Se modifica por la disposición adicional 1.3 de la Ley 3/2009, de 22 de junio. Ref. BOE-A-2009-11349#da
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2003/03/20/4#art-24