Art. 24
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 24

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En vigor desde 24 jun 2009
El Instituto de Estadística de Extremadura tiene como fines los consignados en su Ley de creación, y ejercerá las funciones en ella señaladas. Se modifica por la disposición adicional 1.3 de la Ley 3/2009, de 22 de junio. Ref. BOE-A-2009-11349#da

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eli/es-ex/l/2003/03/20/4#art-24