Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 130
En vigor desde 13 jun 1999
En cumplimiento de lo establecido por el artículo 129.2 de la Constitución y del artículo 26.1.14 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, se reconoce como tarea de interés general en la Comunidad de Madrid, mediante esta Ley y sus normas de desarrollo, la promoción, estímulo y desarrollo de las sociedades cooperativas, cuya libertad y autonomía garantiza, y de sus estructuras de integración económica y representativa.
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Proeli/es-md/l/1999/03/30/4#art-130