Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 14
En vigor desde 9 may 1995
El régimen de prescripción de las infracciones y sanciones previstas en esta Ley será el establecido en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Proeli/es-as/l/1995/04/06/4#art-14