Título TÍTULO III
Art. 26
En vigor desde 17 abr 2019
La extinción y disolución de la Agencia se producirá mediante Ley y llevará aparejada la subrogación de la Comunidad de Madrid en todas las relaciones jurídicas en que fuera parte aquélla.
Se añade y renumera por el art. único.9 de la Ley 8/2019, de 10 de abril. Ref. BOE-A-2019-10100 Su anterior numeración era artículo 18.
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1995/03/21/4#art-26