Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 9
En vigor desde 30 ene 1984
En cada una de las provincias de Andalucía existirá un Consejo Escolar Provincial como órgano de participación democrática en la planificación educativa provincial e instrumento de asesoramiento a la Administración educativa periférica de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Proeli/es-an/l/1984/01/09/4#art-9