Título TITULO IX
Art. Disposición adicional undécima
En vigor desde 1 ene 1993
Se autoriza al Gobierno para que, durante 1993, modifique la cuantía de las subvenciones actualmente vigentes o a reemplazar dicho régimen por otros sistemas de compensación, en función de la evolución del mercado de servicios de transporte aéreo.
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Proeli/es/l/1992/12/29/39#disposicion-adicional-undecima