Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 5 ene 2012
En el plazo de tres meses tras la aprobación de esta ley, el Gobierno establecerá un programa plurianual que contemple una campaña de sensibilización y difusión del acceso a la titularidad compartida y de los incentivos para acogerse a esta modalidad.
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eli/es/l/2011/10/04/35#disposicion-adicional-tercera

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