Art. DISPOSICIÓN TRANSITORIA

En vigor desde 16 nov 1979
DISPOSICIÓN TRANSITORIA Hasta tanto no se tome posesión por el Ayuntamiento y la Diputación Provincial de Madrid de las acciones de la Compañía expropiada, la gestión y explotación del servicio se llevará a cabo por el Consejo de Intervención creado por Real Decreto-ley trece/mil novecientos setenta y ocho, de siete de junio.
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eli/es/l/1979/11/08/32#disposicion-transitoria

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