Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 38
En vigor desde 9 abr 2026
1. La Administración de la Junta de Andalucía estimulará la inversión, la innovación, el desarrollo y la aplicación de nuevas técnicas y procesos relacionados con la inteligencia artificial en el ámbito de la gestión y conservación de los montes de la comunidad autónoma.
2. La aplicación de la inteligencia artificial en el campo de la gestión forestal sostenible debe quedar supeditada al pleno respeto de los derechos de la ciudadanía y de la protección de datos personales, así como a la estricta sujeción a todo el ordenamiento jurídico aplicable.
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Proeli/es-an/l/2026/03/13/3#art-38