Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 33

En vigor desde 9 abr 2026
1. Como instrumento de apoyo para la definición y la gestión de los montes de Andalucía, se crea el Sistema de Información Geográfico Forestal (en adelante, SIG-Forestal) con base geográfica coordinada con el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) y el Catastro, e integrado en la Rediam. 2. Reglamentariamente se establecerá el procedimiento para el mantenimiento y actualización del SIG-Forestal por parte de la Consejería competente en materia forestal. 3. En caso de contradicción entre el SIGPAC y el SIG-Forestal, prevalecerá este último.
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eli/es-an/l/2026/03/13/3#art-33

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