Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 17
En vigor desde 1 ene 2026
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria reconoce la especificidad de las familias jóvenes promoviendo de manera transversal su protección social, económica y jurídica.
2. Los programas de actuación prestarán especial atención a las familias jóvenes en atención a las dificultades que enfrentan en las primeras etapas de su recorrido vital, en particular aquellas vulnerables y en riesgo de exclusión.
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Proeli/es-cb/l/2025/06/30/3#art-17