Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 14 mar 2020
El Gobierno debe aprobar el Plan estratégico de prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentarios, al que se refiere el artículo 12, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2020/03/11/3#disposicion-final-tercera