Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final sexta

En vigor desde 14 mar 2020
Los preceptos que eventualmente conlleven gastos con cargo a los presupuestos de la Generalidad producen efectos a partir de la entrada en vigor de la ley de presupuestos correspondiente al ejercicio presupuestario inmediatamente posterior a la entrada en vigor de la presente ley.
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