Título TÍTULO II
Art. 8
En vigor desde 30 sept 2018
1. Entrenadora Deportiva/Entrenador Deportivo es toda aquella persona profesional del deporte que entrena, selecciona, planifica, programa, controla y evalúa a deportistas y equipos para la competición en la modalidad deportiva o especialidad correspondiente.
2. Corresponde a la Entrenadora Deportiva/Entrenador Deportivo realizar todas aquellas funciones que aparezcan reflejadas en las normas reguladoras de cada una de las correspondientes modalidades deportivas, siempre y cuando la actividad física y deportiva se enfoque a participación en competiciones.
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Proeli/es-mc/l/2018/03/26/3#art-8