Título TÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 30 sept 2018
La Dirección General de Deportes de la Región de Murcia será la responsable de adoptar las medidas de control e inspección necesarias para garantizar que los profesionales que impartan servicios deportivos en la Región de Murcia cumplan con los requisitos y obligaciones exigidos para el ejercicio de la respectiva profesión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2018/03/26/3#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil