Capítulo CAPÍTULO III

Art. 9

En vigor desde 10 feb 2017
Se creará el fondo valenciano para la eficiencia energética y de garantía de suministros básicos, que se nutrirá de aportaciones de fondos públicos con cargo a la Generalitat Valenciana, y de aportaciones de otras instituciones públicas de ámbito europeo, estatal y local, que deberán consignar anualmente los respectivos presupuestos, así como de las empresas suministradoras de energía, gas y agua. Este fondo, además de atender a situaciones de impago de suministros básicos debidas a una situación de precariedad económica, también podrá ofrecer financiación para la aplicación de medidas de ahorro y de eficiencia energética; para esta finalidad, el fondo valenciano para la eficiencia energética se desarrollará por reglamento.
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eli/es-vc/l/2017/02/03/3#art-9

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