Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 67
En vigor desde 15 abr 2018
1. El plazo máximo para resolver y notificar las autorizaciones y concesiones referidas en los artículos 10, 28 (salvo su apartado 1.d, si el medio empleado es legal u homologado), 31, 36, 41, 54, 56, 60 y 63 será de 3 meses. Transcurrido este plazo el interesado podrá entender desestimada su solicitud.
2. El plazo máximo para resolver y notificar las restantes solicitudes referidas en esta ley será el dispuesto en la norma básica en materia de procedimiento administrativo común así como las normas que las desarrollen.
Se modifica por el .59 de la Ley 2/2018, de 15 de marzo. Ref. BOE-A-2018-6000
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2015/03/05/3#art-67