Título TÍTULO VII

Art. Disposición transitoria octava

En vigor desde 11 abr 2015
Las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios dispondrán de un plazo máximo de tres años a partir de la entrada en vigor de la presente ley para alcanzar la situación de equilibrio presupuestario previsto en el artículo 37.2.
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eli/es-ar/l/2015/03/25/3#disposicion-transitoria-octava

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