Capítulo CAPÍTULO III
Art. 6
En vigor desde 9 abr 2015
1. De conformidad con lo dispuesto en el capítulo II de la Ley 4/2014, Básica de las Cámaras Oficiales, los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación son el pleno, el comité ejecutivo y el presidente. Igualmente, las cámaras contarán con un secretario general, personal directivo y el personal laboral necesario para el correcto desempeño de sus funciones. Asimismo, podrán contar con un director gerente.
2. No podrán formar parte de los órganos de gobierno, ser nombrado secretario general ni ocupar los puestos directivos señalados en este artículo quienes estén inhabilitados para empleo o cargo público.
3. Reglamentariamente se determinarán las funciones, el régimen jurídico, la organización y el funcionamiento de los órganos de gobierno de las cámaras oficiales de comercio, industria, servicios y navegación de la Comunitat Valenciana.
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Proeli/es-vc/l/2015/04/02/3#art-6