Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 3 abr 2011
Se creará una comisión paritaria como órgano permanente de coordinación y cooperación bilateral entre la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y el Consejo Insular de Menorca de la que deben formar parte los consejeros competentes en materia de cultura y dos técnicos de las administraciones autonómica e insular para deliberar sobre los asuntos de interés común en el ejercicio mutuo de las atribuciones que corresponden a cada una, de conformidad con lo que dispone esta ley.
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Proeli/es-ib/l/2011/03/25/3#disposicion-adicional-primera