Art. Disposición final primera bis
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera bis

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En vigor desde 9 oct 2007
Se autoriza al Consejo de Gobierno a actualizar por Decreto, y de acuerdo con la variación del índice de precios al consumo, la cuantía de las multas previstas en el artículo 31 de esta Ley.
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