Título TÍTULO IV
Art. 21
En vigor desde 9 mar 2007
La Consejería competente en materia de Servicios Sociales creará un sistema propio de gestión del conocimiento, mediante el desarrollo de, al menos, los siguientes programas:
1. De creación de un sistema de comunicación interna.
2. De desarrollo del sistema estadístico de la Consejería y su coordinación con el establecido con carácter general para todo el Gobierno de La Rioja.
3. De implantación de un cuadro de mandos integral para la Consejería.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2007/03/01/3#art-21