Título TÍTULO VI

Art. 26

En vigor desde 9 mar 2007
La Consejería competente en el ámbito de Servicios Sociales promoverá el reconocimiento de las entidades públicas o privadas, que se hayan distinguido en la realización de programas o proyectos que contribuyan a la mejora de la calidad de los Servicios Sociales.
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eli/es-ri/l/2007/03/01/3#art-26

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