Título TÍTULO IV

Art. 14

En vigor desde 9 mar 2007
Los responsables de los centros, servicios u otras unidades organizativas del ámbito de los Servicios Sociales, a partir de la información obtenida en el programa de evaluación propondrán o elaborarán propuestas de programas de mejora, que remitirán a la Comisión de Calidad, y que incluirán: 1. Área de mejora a abordar. 2. Las actuaciones a desarrollar para dar respuesta al área de mejora. 3. El calendario previsto para su realización. 4. El responsable de la actuación a desarrollar. 5. Recursos necesarios para su implementación.
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eli/es-ri/l/2007/03/01/3#art-14

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