Título TÍTULO IV

Art. 12

En vigor desde 9 mar 2007
1. Este programa definirá los objetivos y la periodicidad de las actuaciones a realizar por los centros, servicios y las unidades organizativas destinadas a la prestación de Servicios Sociales. 2. Para ello se tendrá en cuenta el contenido de la planificación estratégica, que incluye objetivos a largo plazo en los distintos ámbitos de actuación de los Servicios Sociales. 3. Los programas de planificación tendrán una vigencia anual y reflejarán: a) Objetivos de calidad. b) Medidas/acciones a realizar. c) Organismos implicados. d) Calendario previsto. e) Recursos necesarios para su implementación.
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eli/es-ri/l/2007/03/01/3#art-12

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