Título TÍTULO IV
Art. 26
En vigor desde 18 oct 2005
1. El Sepepa contará para el desarrollo de sus funciones con personal laboral propio y personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias que le sea adscrito.
2. El régimen de personal del Sepepa es el establecido en la legislación de función pública del Principado de Asturias.
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Proeli/es-as/l/2005/07/08/3#art-26