Capítulo CAPÍTULO III

Art. 8

En vigor desde 1 mar 2012
1. Tienen por objeto la comprensión de las causas que propician la pobreza y el subdesarrollo y los fenómenos migratorios, así como la promoción de los derechos humanos, la preservación del medio ambiente y el compromiso para la acción participativa y transformadora. 2. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha podrá impulsar, en colaboración con organismos y entidades públicas o privadas interesadas en este campo, campañas de difusión, programas educativos y actividades formativas. Se modifica por el art. 29.5 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero. Ref. BOE-A-2012-10756#a2-11

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eli/es-cm/l/2003/02/13/3#art-8

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