Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Limitaciones a la publicidad y promoción de bebidas alcohólicas y tabaco

Art. 11

En vigor desde 1 may 2001
1. Las actividades de promoción de bebidas alcohólicas y tabaco en ferias, certámenes, exposiciones, muestras o actividades similares, cuando tengan lugar dentro de otras manifestaciones públicas, se realizarán, siempre que sea posible, en espacios diferenciados y separados. En ellas no estará permitido ni el ofrecimiento ni la degustación gratuita a menores de 18 años. 2. En las visitas a centros de producción, elaboración y distribución de bebidas alcohólicas o de tabaco no podrán ofrecerse los productos a los menores de edad.
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eli/es-ar/l/2001/04/04/3#art-11

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