Título TÍTULO III

Art. 24

En vigor desde 3 dic 2001
La Comisión de Bibliotecas de Cantabria es el órgano asesor y consultivo del Gobierno de Cantabria en las materias objeto de la presente Ley. Su organización, composición y régimen de funcionamiento se establecerán mediante un reglamento que posibilitará la participación de todos los sectores implicados en el hecho bibliotecario.
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eli/es-cb/l/2001/09/25/3#art-24

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