Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
En vigor desde 19 feb 1999
El Instituto elaborará anualmente un programa de actividades en el que figuren los objetivos anuales, las acciones económicas y de promoción, las inversiones previstas y su evaluación económica.
Anualmente se remitirá al Parlamento un informe detallado del programa de actividades del Instituto.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/1999/03/11/3#art-11