Título TÍTULO II

Art. 12

En vigor desde 16 ago 1992
En el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, el Gobierno promoverá también con las comunidades baleares cursos o ciclos monográficos, así como programas de investigación, sobre la historia, tradiciones, cultura; lengua u otros temas de interés para la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
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eli/es-ib/l/1992/07/15/3#art-12

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