Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO V

Art. 21

En vigor desde 16 abr 1991
La Consejería de Presidencia podrá solicitar a todas las Administraciones Públicas cuantos datos considere necesarios a fin de contar con elementos objetivos suficientes para elaborar la propuesta de resolución definitiva.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/1991/03/14/3#art-21

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil