Art. 10

En vigor desde 17 ene 2003
Son funciones del Consejo Asesor: a) Informar y asesorar al Consejo Rector y a la Dirección y formularles propuestas sobre cualquier materia relativa a las actividades del Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Arán. b) Opinar e informar sobre las cuestiones que le sean sometidas por el Consejo Rector y, en cualquier caso, emitir informe sobre las líneas generales y el plan anual de actuaciones previamente a su aprobación. c) Proponer las actuaciones que considere convenientes para el cumplimiento de los objetivos del Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Arán. d) Cualquier otra función que por ley o reglamento le sea atribuida.
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eli/es-ct/l/2002/12/30/28#art-10

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