Art. 14
En vigor desde 17 ene 2003
1. El personal al servicio del Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Arán se rige por el régimen laboral.
2. La selección del personal, salvo los directivos, ha de realizarse mediante la publicidad adecuada y de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, respetando los límites presupuestarios.
3. Como excepción al principio general establecido en el apartado 1, quedan reservados al personal funcionario los puestos de trabajo que impliquen el ejercicio de autoridad, la inspección o el control correspondientes al departamento al cual está adscrito el Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Arán.
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Proeli/es-ct/l/2002/12/30/28#art-14