Art. 7

En vigor desde 17 ene 2003
Son funciones de la Presidencia: a) Representar al Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Arán. b) Convocar y presidir las reuniones del Consejo Rector y del Consejo Asesor, establecer el orden del día y dirigirlas. c) Nombrar a los miembros del Consejo Rector y del Consejo Asesor, a propuesta de los respectivos órganos, administraciones y grupos. d) Garantizar la coordinación con el Consejo General de Montaña.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2002/12/30/28#art-7

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil