Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria decimotercera
En vigor desde 30 jun 1990
En tanto no se produzca el desarrollo reglamentario de las disposiciones de esta Ley relativas a la representación de valores mediante anotaciones en cuanta no será de aplicación lo previsto en la letra b) del párrafo segundo del artículo 46 de la misma.
Se añade por el .2 de la Ley 4/1990, de 29 de junio. Ref. BOE-A-1990-15347
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1988/07/28/24#disposicion-transitoria-decimotercera