Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria decimocuarta

En vigor desde 28 jun 2014
El Plan general de viabilidad previsto en la letra g) del artículo 70 ter.2 resultará exigible a las entidades transcurridos seis meses desde que se complete el desarrollo reglamentario en que se especificará su contenido. Se añade por la disposición final 1.52 de la Ley 10/2014, de 26 de junio. Ref. BOE-A-2014-6726 .

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eli/es/l/1988/07/28/24#disposicion-transitoria-decimocuarta

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